El Ministerio del Trabajo del Ecuador emitió el Acuerdo Ministerial MDT-2026-059, publicado en el Registro Oficial el 10 de marzo de 2026, mediante el cual se establecen nuevas reglas para la autorización de turnos u horarios especiales de trabajo y la distribución de la jornada laboral semanal.
Esta normativa introduce un modelo de organización más flexible del tiempo de trabajo, sin modificar el límite máximo de 40 horas semanales establecido en el Código del Trabajo, pero permitiendo nuevas formas de distribuir esas horas dentro de la semana laboral.
A continuación analizamos los principales aspectos jurídicos de esta reforma laboral y sus implicaciones para empleadores y trabajadores.
Contexto y finalidad del acuerdo ministerial
El Acuerdo Ministerial MDT-2026-059 tiene como objetivo actualizar la normativa laboral relativa a la organización de la jornada de trabajo, permitiendo a las empresas adaptar sus horarios a las necesidades productivas, sin afectar los derechos mínimos de los trabajadores.
En términos generales, la normativa busca:
- Modernizar la organización del trabajo.
- Permitir esquemas más flexibles de jornada laboral.
- Regular de forma más clara los turnos y horarios especiales.
- Promover la generación de empleo, especialmente para jóvenes.
La jornada laboral máxima se mantiene en 40 horas semanales
Uno de los aspectos más importantes del acuerdo es que no modifica el límite legal de la jornada laboral.
El Código del Trabajo ecuatoriano continúa estableciendo una jornada máxima de 40 horas semanales, por lo que cualquier tiempo que exceda este límite deberá pagarse como horas suplementarias o extraordinarias, según corresponda.
Sin embargo, el acuerdo permite que dichas horas se distribuyan de forma diferente a la tradicional jornada de 8 horas diarias durante 5 días a la semana.
Nueva distribución de la jornada laboral
El acuerdo introduce la posibilidad de organizar la jornada laboral semanal bajo esquemas más flexibles.
Por ejemplo:
Modelo tradicional
- 8 horas diarias
- 5 días de trabajo
- 40 horas semanales
Modelo flexible
- Hasta 10 horas diarias
- 4 o 5 días de trabajo
- Sin superar 40 horas semanales
Esto permite que las empresas implementen jornadas más largas en ciertos días, compensadas con mayor tiempo libre para el trabajador durante la semana.
Turnos especiales de trabajo
El acuerdo también regula los turnos especiales, que son aquellos esquemas laborales que, por la naturaleza de la actividad, no pueden ajustarse a la jornada ordinaria.
Se consideran turnos especiales cuando:
- Se trabaja más de cinco días consecutivos con descansos acumulados posteriores.
- Se trabaja menos de cinco días seguidos, pero con descansos inferiores a dos días consecutivos.
En estos casos, el empleador deberá solicitar autorización al Ministerio del Trabajo antes de implementar el sistema de turnos.
Horarios especiales y rotativos
La normativa también regula los horarios especiales, que incluyen jornadas con:
- Turnos rotativos
- Horarios diurnos
- Horarios nocturnos
- Jornadas mixtas
Cuando se implementen este tipo de esquemas, la empresa deberá presentar una solicitud formal ante el Ministerio del Trabajo, acompañada de la justificación técnica correspondiente.
Requisitos para la autorización de turnos u horarios especiales
Para que el Ministerio del Trabajo autorice estos sistemas laborales, el empleador deberá presentar:
- Una solicitud formal de autorización.
- La justificación técnica del sistema de turnos.
- El consentimiento de los trabajadores involucrados.
- Documentación que demuestre el cumplimiento de obligaciones laborales y de seguridad social.
Esto busca garantizar que los nuevos esquemas de trabajo no vulneren los derechos laborales establecidos en la legislación ecuatoriana.
Promoción del empleo juvenil
Otro elemento relevante del acuerdo es el incentivo a la contratación de jóvenes entre 18 y 29 años.
Cuando la implementación de turnos u horarios especiales genere nuevas plazas laborales, el Ministerio del Trabajo dará prioridad a las solicitudes de empresas que incluyan jóvenes en su nómina, especialmente si se trata de su primera experiencia laboral.
Esta medida busca promover la inserción laboral juvenil y reducir las brechas de empleo en el país.
Obligaciones del empleador bajo el nuevo esquema
Aunque el acuerdo introduce flexibilidad en la jornada laboral, mantiene intactas varias obligaciones fundamentales para el empleador:
- Respetar el límite de 40 horas semanales.
- Garantizar los descansos obligatorios.
- Pagar recargos por trabajo nocturno, suplementario o extraordinario cuando corresponda.
- Formalizar cualquier cambio de jornada mediante acuerdo con el trabajador.
- Registrar las modificaciones en el sistema del Ministerio del Trabajo.
La normativa establece además que la implementación de estos esquemas no puede realizarse de forma unilateral por parte del empleador, sino que requiere el consentimiento del trabajador.
Impacto jurídico y empresarial
El Acuerdo Ministerial MDT-2026-059 representa un cambio importante en la forma en que las empresas pueden organizar el tiempo de trabajo en Ecuador.
Entre sus principales impactos destacan:
- Mayor flexibilidad en la planificación de jornadas laborales.
- Nuevos procedimientos administrativos ante el Ministerio del Trabajo.
- Posibles cambios en contratos laborales o adendas contractuales.
- Necesidad de asesoría legal para evitar incumplimientos.
Por esta razón, resulta recomendable que las empresas revisen sus políticas internas, contratos de trabajo y esquemas de jornada laboral antes de implementar cualquier modificación.
Conclusión
El Acuerdo Ministerial MDT-2026-059 constituye una actualización relevante del marco jurídico laboral ecuatoriano, al regular de manera más clara la autorización de turnos especiales y la distribución flexible de la jornada laboral.
Aunque la normativa introduce mayor flexibilidad en la organización del trabajo, mantiene el respeto a los principios fundamentales del derecho laboral, como el límite de la jornada máxima, el pago de horas extraordinarias y la protección de los derechos de los trabajadores.
Para las empresas, la correcta aplicación de este acuerdo requerirá planificación laboral, cumplimiento normativo y asesoría jurídica especializada.

